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Técnica con chaleco reflectante revisando la documentación de una obra en una carpeta

RD 396/2006: qué exige la norma del amianto cuando retiras uralita

El Real Decreto 396/2006 es la norma que fija cómo se trabaja con amianto en España. Si vas a encargar la retirada de una cubierta de uralita o de unas bajantes, es la que obliga a la empresa a estar inscrita en el RERA y a tener un plan de trabajo aprobado antes de tocar nada.

Vamos a ver qué dice desde el lado de quien encarga la obra: qué le exige a la empresa y qué plazos implica para ti. Citamos el texto del BOE tal cual, con su artículo.

Qué es el RD 396/2006 y a quién se aplica

Su nombre completo es Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Se publicó en el BOE el 11 de abril de 2006 y está en vigor desde el 11 de octubre de ese año. Puedes leerlo entero en el texto del BOE.

Ámbito (art. 3): retirada, transporte de residuos y vertederos

El artículo 3.1 dice que se aplica a las operaciones en que «los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos» a fibras de amianto. De su lista, estas son las que afectan directamente a una retirada:

  • Letra c: los trabajos de retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de instalaciones, estructuras o edificios.
  • Letra f: el «transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto».
  • Letra g: los «vertederos autorizados para residuos de amianto».

Es decir, la norma cubre todo el recorrido del material, desde que se desmonta en tu tejado hasta que llega al vertedero.

A quién obliga: empresas y trabajadores

El RD 396/2006 es una norma de prevención de riesgos laborales. Sus obligaciones recaen en el empresario que hace el trabajo y están pensadas para proteger a sus trabajadores. No tiene ningún artículo dirigido al propietario de la vivienda.

¿Qué significa esto para ti? Que el criterio para el particular lo da el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): si hay que manipular el material, «los trabajos los debe realizar una empresa especializada inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA)», con un plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral. Tu papel es elegir bien la empresa y comprobar que cumple.

¿Cuándo se prohibió el amianto en España?

Orden de 7 de diciembre de 2001, en vigor el 14 de junio de 2002

La prohibición está en otra norma anterior, la Orden de 7 de diciembre de 2001, publicada en el BOE el 14 de diciembre de 2001. Según su texto, «queda prohibida la utilización, producción y comercialización» de las fibras de amianto y de los productos que las contengan, incluido el crisotilo, que es el que llevaba el fibrocemento. Entró en vigor seis meses después, el 14 de junio de 2002.

Lo ya instalado puede seguir en uso

La misma Orden permite que los productos instalados antes de esa fecha sigan en uso «hasta su eliminación o el fin de su vida útil». Por eso sigue habiendo tanta uralita en tejados y bajantes, y por eso el grueso del RD 396/2006 trata de cómo se retira y se gestiona. Si no sabes si lo tuyo lleva amianto, en nuestra guía sobre cómo reconocer el amianto lo vemos pieza a pieza.

Lo que exige a la empresa que retira tu amianto

Operario con mono desechable y mascarilla embolsando residuos de amianto en una zona confinada con plástico

Inscripción en el RERA (art. 17)

El artículo 17.1 es el que más te interesa: «Todas las empresas que vayan a realizar actividades u operaciones incluidas en el ámbito de aplicación de este real decreto deberán inscribirse en el Registro de empresas con riesgo por amianto». La inscripción se hace en el registro del territorio donde la empresa tiene sus instalaciones principales.

Una empresa que no está en el RERA no puede hacer la retirada. Es lo primero que conviene comprobar.

Plan de trabajo antes de cada obra (art. 11)

Según el artículo 11.1, «antes del comienzo de cada trabajo con riesgo de exposición al amianto» la empresa debe elaborar un plan de trabajo. Es el documento donde explica cómo va a hacer esa obra en concreto y con qué medidas.

Entre lo que debe incluir, el artículo 11.2.k pide «las medidas para la eliminación de los residuos», indicando la empresa gestora y el vertedero. Antes de empezar ya tiene que estar decidido adónde va tu uralita.

Formación de los trabajadores (art. 13)

El artículo 13.1 obliga al empresario a «garantizar una formación apropiada para todos los trabajadores que estén, o puedan estar, expuestos», y añade que debe impartirse antes de que empiecen. Entre los contenidos de esa formación está la eliminación de residuos.

Residuos en embalajes cerrados y etiquetados (art. 6)

El artículo 6.e manda que los residuos se agrupen y se transporten fuera del lugar de trabajo «lo antes posible en embalajes cerrados apropiados y con etiquetas que indiquen que contienen amianto». Después se tratan con arreglo a la normativa de residuos peligrosos.

Respecto a la exposición, el artículo 4.1 fija un valor límite de 0,1 fibras por centímetro cúbico, medido como media de una jornada de ocho horas. Es una cifra para la empresa y sus mediciones; como propietario no tienes que calcular nada.

El plan de trabajo y los plazos de tu retirada

Agenda mensual abierta sobre una mesa de madera

Aprobación por la autoridad laboral (art. 12)

El plan de trabajo «se presentará para su aprobación ante la autoridad laboral correspondiente al lugar de trabajo» (artículo 12.1). En la práctica, es la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde está tu casa o tu nave, aunque la empresa tenga su sede en otra.

Si tu obra está en la región de Madrid, por ejemplo, el plan va a la autoridad laboral madrileña. Desde la página de retirada de amianto en la Comunidad de Madrid llegas a tu municipio para pedir presupuesto.

45 días para resolver y silencio positivo

El artículo 12.2 fija el plazo: «El plazo para resolver y notificar la resolución será de cuarenta y cinco días». Si pasa ese tiempo sin respuesta expresa, «el plan de trabajo se entenderá aprobado». Es lo que se llama silencio positivo.

¿En qué se traduce esto para tu obra? En que el trámite del plan puede llevar hasta 45 días antes de que empiece la retirada. Si tienes una fecha límite, por ejemplo una venta o una reforma ya encargada, cuéntalo al pedir presupuesto para planificarlo con margen.

Plan único para operaciones cortas (art. 11.4)

El artículo 11.4 prevé un plan único de carácter general para operaciones de corta duración que no se pueden programar con antelación, como muchas de mantenimiento y reparación. Sirve para que la empresa no tenga que presentar un plan nuevo para cada pequeña intervención de ese tipo. Que encaje o no en tu obra lo valora la empresa.

La Guía técnica del INSST que desarrolla el RD

Qué es y para quién está escrita

El INSST publica la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición al amianto, con una edición de 2022 que sustituye a la de 2008. Según el propio INSST, da criterios y recomendaciones para ayudar a empresas, responsables de prevención, trabajadores y sus representantes a interpretar y aplicar el real decreto.

Está escrita para técnicos, así que como propietario no necesitas leerla. Las obligaciones están en el real decreto; la guía ayuda a aplicarlas.

Cambios pendientes: la Directiva (UE) 2023/2668

Límite de exposición más bajo

El 22 de noviembre de 2023 se aprobó la Directiva (UE) 2023/2668, que modifica la directiva europea de protección de los trabajadores frente al amianto y baja el límite de exposición. España tiene que trasladarla a su normativa con un real decreto nuevo, que sustituiría al RD 396/2006.

Proyecto de real decreto aún no publicado en el BOE

El Ministerio de Trabajo tiene preparado un proyecto de real decreto que deroga el RD 396/2006. Su memoria, fechada el 10 de febrero de 2026, recoge entre sus objetivos actualizar las reglas de inscripción en el RERA y garantizar la eficacia de los equipos de protección respiratoria con pruebas de ajuste individual. La audiencia pública fue del 12 de febrero al 4 de marzo de 2026.

A 13 de octubre de 2026, el BOE no recoge ninguna norma que modifique o derogue el RD 396/2006, así que sigue siendo la norma aplicable. Hasta que se publique la nueva, el límite y los plazos de este artículo son los vigentes.

Cómo comprobar que tu empresa cumple la norma

Pedir el número RERA y el plan aprobado

Antes de dar el visto bueno a una empresa, pídele esto:

  • Inscripción en el RERA: el número o la resolución de inscripción en el registro de su comunidad autónoma.
  • Plan de trabajo para tu obra: aprobado, o presentado y dentro del plazo de 45 días.
  • Destino del residuo: qué empresa gestora se lo lleva y a qué vertedero va, que debe figurar en el plan.
  • Formación del equipo: los trabajadores tienen que haberla recibido antes de empezar (art. 13).

Una empresa que trabaja con amianto de forma habitual tiene todo esto a mano. Si alguien te propone quitar la uralita sin plan de trabajo, ya sabes qué parte de la norma se está saltando.

Pedir presupuesto desde la página de tu municipio

Desde nuestra página de retirada de amianto con empresa inscrita en el RERA eliges tu zona hasta llegar a tu municipio. Por ejemplo, si vives en el sur de la región de Madrid, tienes la página de retirada de amianto en Móstoles.

Nos cuentas qué tienes (tipo de pieza, metros aproximados, estado y acceso) y respondemos en 24 horas con un presupuesto preparado con esos datos. Si antes quieres seguir leyendo, en el blog tienes más guías sobre amianto y uralita.

Créditos de las imágenes. Operario embolsando residuos: NAVFAC, Wikimedia Commons, CC BY 2.0 (recortada).